El pasado 16 de junio de 2019 entró en vigor la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), cuyo objetivo es otorgar una mayor protección a las personas físicas, sean o no consumidores, en la firma de préstamos hipotecarios con entidades bancarias.

Dicha normativa establece, entre otras, las siguientes novedades:

  • La obligación de la entidad bancaria de entregar a los clientes información detallada del contrato, así como la del notario de asegurarse que el cliente leyó y entendió las condiciones del mismo.
  • Los gastos de constitución (notaria, gestoría, registro de la propiedad y AJD) correrán a cargo de la entidad de crédito.
  • Se revisan los topes de las comisiones por amortización anticipada.
  • El banco no podrá obligar al cliente a adquirir otros productos para abrir el préstamo hipotecario, aunque si podrá exigir se disponga de póliza de seguro que cubra las garantías del mismo y los daños del inmueble.
  • Solo se podrá proceder a la ejecución hipotecaria cuando las cuotas impagadas superen las 12 mensualidades o el 3% del capital prestado. Si los impagos se produjesen en la segunda mitad del préstamo, las cuotas impagadas deberán superar las 15 mensualidades o el 7% del capital.

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