El alto tribunal dictamina en su sentencia 641/2018 de 20 de noviembre el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.

 

El Supremo ratifica la sentencia recurrida en casación y valora como la convivencia de la nueva pareja del cónyuge custodio determina la perdida de la naturaleza de vivienda familiar, abriendo la vía para extinguir el derecho de uso en el momento en que produzca la liquidación de la sociedad de gananciales. Tal situación, de igual modo, afectará a otros aspectos como la pensión compensatoria, al introducirse nuevos elementos de valoración que no se tuvieron en cuenta inicialmente.

 

No obstante, en derecho de familia, siempre habrá de atenderse a las circunstancias del caso concreto, es por ello que, si entiende que esta resolución le afecta, lo ideal es que consulte su particular situación con un abogado.